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DOT Establece Requisitos de Seguridad Para Camiones y Autobuses Mexicanos en los Estados Unidos


American Government Trucking Buses

DOT Establece Requisitos de Seguridad Para Camiones y Autobuses Mexicanos en los Estados Unidos

Federal Motor Carrier Safety Administration
National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA)
March 14, 2002


FMCSA 5-02
Thursday, March 14, 2002
Contacts: Dave Longo, FMCSA, 202-366-0456
Tim Hurd, NHTSA, 202-366-9550

El día de hoy, el Gobierno de los Estados Unidos tomó otra medida para adelantar el proceso de cumplir de manera segura con las disposiciones para el cruce transfronterizo de camiones y autobuses del Tratado de Libre Comercio de América del Norte. El Departamento de Transportación de los Estados Unidos estableció estrictos requisitos de seguridad para autotranportistas mexicanos que operen de y hacia los Estados Unidos y estipuló que con respecto a los inspectores, auditores e investigadores de seguridad en el autotransporte los mismos deberán de estar certificados.

"El Presidente Bush y yo estamos comprometidos a extender los beneficios del libre mercado a toda América del Norte al mismo tiempo que aseguramos la existencia y ejecución de un régimen de seguridad estricto y riguroso," dijo el Secretario Norman Y. Mineta. "Las medidas tomadas hoy nos dan la certeza de que todos los camiones, autobuses y conductores procedentes de México que entren a los Estados Unidos bajo las disposiciones del TLCAN, cumplirán con los requisitos de seguridad y operarán seguramente cuando transiten en carreteras estadounidenses."

Bajo las acciones reglamentarias del día de hoy, las compañías mexicanas que soliciten y obtengan permiso para operar en cualquier lugar de los Estados Unidos llevarán un número distintivo asignado por el Departamento de Transportación de los Estados Unidos, tendrán que pasar sus vehículos una inspección de seguridad, la seguridad de sus operaciones será supervisada intensivamente por un período provisional de 18 meses, y tendrán que proveer cerificaciones de seguridad suplementarias como parte del proceso de solicitud. Los vehículos comerciales mexicanos solamente podrán entrar a los Estados Unidos en los cruces comerciales fronterizos siempre y cuando haya un inspector de seguridad de turno.

Los reglamentos también exigen que los transportistas mexicanos que operen en los Estados Unidos tengan un programa de prueba de alcohol y drogas, un sistema para el cumplimiento con los requisitos de horas de servicio, sistemas de manejo de datos y seguridad adecuados, y cobertura de seguro con una compañía aseguradora registrada en los Estados Unidos. Antes de que se les otorgue el permiso provisional para operar hacia y desde los Estados Unidos, las compañías serán examinadas por inspectores capacitados quienes verificarán la habilidad de cada una de ellas para cumplir con los requisitos de seguridad.

Por lo memos la mitad de estas verificaciones de seguridad, las cuales estarán a cargo de inspectores cacacitados, tendrán lugar en México. Además de estas verificaciones de seguridad, los transportistas mexicanos que reciban un permiso provisional para operar en los Estados Unidos también serán sometidas a un examen completo sobre el cumplimiento con las normas de seguridad durante el período provisional de 18 meses.

La FMCSA proveerá información y asistencia técnica a los transportistas mexicanos antes de la apertura de la frontera y a medida que éstos vayan solicitando el permiso para operar.

Los reglamentos anunciados hoy incluyen requisitos que llenan las condiciones del Acta de Asignación de Fondos para Transportación y Agencias Relacionadas del 2002, firmada por el Presidente Bush el 18 de diciembre de 2001. Incluyen éstos un reglamento final, tres regalmentos finales provisorios y un proyecto de reglamento de la Administración Federal de Seguridad en el Autotransporte (FMCSA por sus siglas en inglés) del Departamento. La FMCSA ha de publicar normas similares más tarde este año para todas las compañías de autotransporte que deseen obtener por primera vez autorización para operar en los Estados Unidos.

Acompañando a estos estos documentos se encuentran otros publicados por la Administración Nacional de Seguridad en el Tránsito por Carretera (NHTSA por sus siglas en inglés) del mismo Departamento. Éstos incluyen proyectos de reglamento y procedimientos que los fabricantes tendrán que seguir para aplicar el marbete de certificación retroactivamente a los vehículos, así complementando la propuesta de la FMCSA de que cada camión y autobús que opere en los Estados Unidos lleve un marbete que certifique que éste cumple con las normas federales de seguridad vigentes cuando se fabricó el vehículo.

Los reglamentos publicados hoy son parte de una serie de acciones que el Departamento de Transportación ha de tomar en preparación para la apertura de la frontera, lo cual permitirá el tránsito de camiones y autobuses mexicanos, y que se espera suceda a mediados de este año.

Hay más información sobre las cinco acciones reglamentarias de la FMCSA que hoy se anuncian en el Federal Register en: www.fmcsa.dot.gov/. Las propuestas de NHTSA aparecen en la red en: http://www.nhtsa.dot.gov/ y hay una hoja informativa en: www.dot.gov/affairs.briefing.htm.

Los documentos se encuentran en el registro de sumarios del Departamento (Docket Numbers FMCSA-98-3297, FMCSA-98-3298, FMCSA-98-3299, FMCSA-2001-11060, FMCSA-01-10886, NHTSA-02-11592, NHTSA-02-11593, y NHTSA-02-11594). Para ser considerados, los comentarios sobre los reglamentos provisorios y proyectos de reglamento deben ser sometidos al registro dentro de la fecha especificada en cada documento. Los comentarios deben indicar el número del documento al cual se refieren y ser enviados a la siguiente dirección: Room PL-401, 400 Seventh Street, S.W., Washington, D.C. 20590. Los reglamentos y comentarios se encuentran en la red por número de registro (docket number) en: http://dms.dot.gov/. Los comentarios también pueden ser enviados electrónicamente a la misma dirección.

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